Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve: Homologar el Desistimiento de la acción y el procedimiento, por los fundamentos antes señalados, en el juicio que por Resolución de Contrato siguen las ciudadanas ciudadanas Josefina Farruggio Fedele y Luisa Farruggio Fedele, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.714.292 y 10.415.487, en contra de la sociedad mercantil PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA DOÑA MARIA C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 06 de septiembre de 2010, bajo el Nro. 13, Tomo 79-A, de los libros de autenticaciones respectivos, representada por el ciudadano ANTONIO FERNANDO TEIXEIRA ALVES DE OLIVEIRA, extranjero, mayor de edad, tit.....