DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano RUBÉN ROMERO, asistido por el Abogado WILLIANS MACHADO, inscrito en el I.P.S.A bajo el No. 126.850; SEGUNDO: CONFIRMA la Decisión No. 3C-S-089-09, de fecha 12 de Agosto de 2009, dictada por el Juzgado Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual se NEGÓ la entrega del vehículo: CLASE: CAMIONETA, MARCA: CHEVROLET, MODELO: C-10, COLOR: BEIGE, TIPO: PICK-UP, PLACA 507VBK, SERIAL DE CARROCERIA: CCD14BV219346, SERIAL DE MOTOR: CBV219346, AÑO: 1981, USO: CARGA, al ciudadano antes mencionado, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
QUEDA ASI DECLARADO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN Y CONFIRMADA LA DECIS.....