En mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos MANUEL LUPERCIO TOVAR NIEVES y MARÍA ELENA RAMIREZ SALAZAR, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-3.806.916 y V.-6.260.786, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ante el Registro Civil de Personas y Electoral de la Parroquia Paracotos del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 05 de Mayo de 2007, tal como consta del Acta de Matrimonio signada con el Nro. Cinco (5), inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese despacho durante el año 2007.
Se ordena remitir copia certificada de la solicitud,.....