Este Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA DEMANDA por DISOLUCIÓN DE SINDICATO intentada por la entidad de trabajo ALMACENADORA UNICAR, C.A. contra el SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EMPRESA ALMACENADORA UNICAR, C.A. DEL ESTADO CARABOBO (SINTRAUNICAR), de conformidad con lo establecido en los artículo 426 y 427 de la Ley del Trabajo