En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para entrar a conocer y decidor sobre el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARIA FILOMENA GOMES GOMES, asistida por el abogado RAMON FREITEZ RODRIGUEZ, actuando en su condición de representante de la parte recurrente en la presente causa, sociedad mercantil FUENTE DE SODA LUSO GRILL, C.A., contra la decisión publicada en fecha 07 de noviembre del año 2013 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, con sede en Acarigua; por las razones expuestas en la motiva
SEGUNDO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARIA FILOMENA GOMES GOMES, asistida por el abogado RAMON FREITEZ RODRIGUEZ, actuando en su condición de representante de la .....