Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la oposición a la medida de Amparo Cautelar, ejercida por la abogada Raquel Zerpa, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.151, actuando en su carácter de apoderada judicial del Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT), decretada por este Tribunal en fecha 16 de junio de 2015. En consecuencia, se declara:
1. Sin lugar a oposición a la Medida de Amparo Cautelar decretada en fecha 16 de junio de 2015.
2. Se mantiene la medida de Amparo Cautelar decretada hasta tanto no se resuelva la acción principal.