En mérito las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el presente recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por los abogados JOSÉ ALBARO RAMIREZ y CARLOS TORRES BASTIDAS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 144.641 y 178.206, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados Judiciales del ciudadano LUIYI MANUEL JIMENEZ CABALLERO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-21.343.310, contra el CONSEJO DICIPLINARIO DEL DISTRITO CAPITAL DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS (C.I.C.P.C).