´Por todas las razones expuestas, esta Sala Accidental de la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la Autoridad que la Ley, resuelve: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN EN LA MODALIDAD DE EFECTO SUSPENSIVO, interpuesto por el Abg. MICHAEL QUINTERO, en su carácter de Fiscal Sexto (6°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, contra la decisión dictada en Audiencia Preliminar realizada en fecha 18 de Octubre de 2024, por la Jueza a cargo del Tribunal Tercero 3° de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual otorga al imputado: GERARDO ANTONIO FLORES SEVILLA, titular de la cédula de identidad V-4.867.388, una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con el artículo 242 ejusdem, en su numeral 1°, por la presunta comisi.....