Este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:PROCEDENTE la solicitud de tutela cautelar efectuada por el abogado CARLOS DE JESUS CABEZA, en su carácter de apoderado judicial de losciudadanosISMAEL RODRÍGUEZ DÍAZ, EMERITA DÍAZ LLANOS, ALEX RODRÍGUEZ DIAZ, TOMASA MIRIA RODRÍGUEZ DÍAZ y GLADYS RODRÍGUEZ DÍAZ, en el juicio que por Nulidad de Contrato, incoara en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL IMPORTADORA GLOBAL FER, C.A., en consecuencia, se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el cincuenta por ciento (50%) de los derechos de propiedad que le pertenecen a la sociedad mercantil IMPORTADORA GLOBAL FER, C.A.,sobre el bien inmueble pro-indiviso que se describe a continuación:
Un Local y el terreno donde se encuentra edificado el mismo dis.....