PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 25 de junio de 2024, por la abogada EMA ROSA TROYA FLORES, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 19 de junio de 2024, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró SIN LUGAR la oposición a la medida de secuestro decretada, en el juicio que por DESALOJO incoara la sociedad mercantil ADMINISTRADORA INMOBILIARIA ERALUZ, C.A., en contra del ciudadano CARLOS JOSÉ RADA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los términos aquí establecidos.
TERCERO: Se condena en costas a la parte perdidosa por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el artículo 281.....