en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a HOMOLOGAR la presente transacción de los ciudadanos MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ, CARLOS YOHEMBER GUARECUCO FIGUEREDO, GREGORIO ALEXANDER CABRERA DIAS, HECTOR JOSE COLMENAREZ, ALBIS ALFONSO SALCEDO, DEIBI ALEXANDER MENDEZ MARTINEZ, WILMER DAVID MEJIAS GONZALEZ, YHON NELVIS SUAREZ Y CARLOS JOSE COLMENAREZ MENDOZA, ampliamente identificados a los autos, y le da el carácter de cosa juzgada. Ahora bien, siendo que ambas partes utilizaron la autocomposición como medio de resolución de conflicto al presentar el presente acuerdo transaccional y siendo que los mismos no tienen impedimento u objeción, este juzgador ordena el cierre y archivo del mismo. Es todo.