En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida en contra del ciudadano: ENRIQUE ANTONIO GODOY, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.860.959, nacido en fecha 08/01/1983, de 26 años de edad, Venezolano, Estado civil Soltero, Ocupación Chofer, hijo de Blanca Godoy, residenciado en la Urbanización Nueva Paz, Avenida 2, calle 6, Casa Nº 172, frente a enfriadores Alexis, detrás del hospital rotario, Teléfono: 0414-5280913 y 0251- 2668458.
Se admiten las pruebas presentadas por el Ministerio Publico y la Defensa Técnica, por considerar que las mismas son necesarias, ilícitas, legales, útiles y pertinentes. Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio competente, a los fines de que se celebre el debate Oral y Público a que hubiere lugar, instruyéndose a la Secretaria .....