este  Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas,  en nombre de la República y por autoridad de la Ley establece que el monto de los honorarios profesionales de la experta contable Econ. Teresita Vietri son  Bolívares Seis Mil  (Bs. 6.000,00), que resulta de  multiplicar  la cantidad cuatro (4)   horas  de trabajo  por Bolívares Un Mil Quinientos (Bs. 1.500,00), que es el valor de la hora según el citado Instrumento de tarifa.
Queda establecido que la presente fijación de honorarios profesionales, no obsta para que la demandada pueda con la intervención del Juez celebrar convenios sobre los derechos que habrán de pagar a dicho auxiliar de justicia. Todo  de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley de Arancel Judicial.