La evacuación de la prueba promovida se realizará de la siguiente manera:
1. DOCUMENTALES: Se reproduce el valor probatorio de los documentos presentados anexos al escrito recursivo, así como también la copia certificada del expediente administrativo que cursa en autos.
Líbrese Boleta de Notificación al ciudadano Procurador General de la República, una vez que la promovente consigne un (01) juego de copias fotostáticas del referido escrito de promoción de pruebas, y de la presente decisión para ser remitida debidamente certificada.
El Juez,
Gabriel Ángel Fernández Rodríguez. La Secretaria Suplente,
Gildry Guzmán Piñango.
GAFR/Ggp/nctc.-