Se dictó auto resolución mediante el cual se decretó la ejecución forzosa de la sentencia, dictada por el JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE ESTA MISMA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, en fecha treinta (30) de Junio de 2015, y como consecuencia de ello se ordenó Embargo Ejecutivo sobre los bienes propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de Bs. 642.208,11; que incluye el doble de la cantidad demandada, más las costas. Con la advertencia que si la medida recae sobre cantidades líquidas será hasta por la cantidad de Bs. 350.295,33, cantidad esta que incluye la cantidad demandada y las costas.