El Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer y decidir la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, intentada por los ciudadanos ANGELLY BERONICA PALMERA MENDOZA Y GEB FRANK YACK PACHECO TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.888.192 y V-13.626.380, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada MARIAN A GIL, inscrita en el I.P.S.A., bajo matricula N° 219.897, de conformidad con el artículo 754 y 60 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 3 de la Resolución N° 2009-0006 del Tribunal Supremo de Justicia, razón por la cual declina la competencia para el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco de la Circu.....