En fecha 22 de noviembre de 2017, este Juzgado de Sustanciación se pronunció en cuanto al escrito de pruebas presentado por el apoderado judicial de los ciudadanos Liliana Coromoto González Valero y Nelson Jonathan Grisolía González, a través del cual se estableció que el mérito favorable al de autos no constituye un medio de prueba, correspondiéndole a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo la valoración de los autos en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido.