En consideración a lo expuesto, este Juzgado Superior Tercero Agrario, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Andrés S. Guédez, apoderado actor, en fecha 20 de julio de 2000 (f.165) contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia con competencia Agraria del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 29 de junio de 2000 (fs. 153 al 160). SE DECLARA SIN LUGAR la Querella Interdictal de Amparo por Perturbación incoada por Antonio María de la Cruz Gil contra la ciudadana Abilia del Carmen Márquez, plenamente identificados en autos. Como consecuencia de lo anterior, SE REVOCA el Decreto Interdictal de Amparo dictado por el Tribunal de la Causa y Ejecutado por Tribunal Comisionado en fecha 25 de febrero de 2000 sobre el lote de terreno de aproximadamente tres hectáreas y media (3 ½ has) cultivado de café frutal y .....