Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Justicia de Primera Instancia en funciones de Juicio ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, UNICO: Declara CON LUGAR, la solicitud de prorroga planteada por la Fiscalía Cuarto del estado Lara, la cual se otorga por un lapso de QUINCE (15) DÍAS, para la presentación el acto conclusivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 Código Procesal Penal Regístrese y Publíquese. Notifíquese. Cúmplase.