Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por los Abogados Ramón Pérez Linarez y Milton Ramón Tua Mendoza, en su condición de Defensores Privados de los ciudadanos SERGIO HERNANDEZ Y TEOFILO HERNANDEZ, contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 6 del Estado Lara, en fecha 12/08/2015 y fundamentada en fecha 14/03/2016, mediante la cual CONDENA a los acusados SERGIO ANTONIO HERNANDEZ MARQUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 9.840.688 y TEOFILO ANTONIO HERNANDEZ MANZANO, titular de la cedula de identidad Nº 9.840.554, a cumplir la pena de VEINTITRES (23) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA.....