Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declara: INADMISIBLE la demanda de cobro de bolívares y daños y perjuicios por el procedimiento de vía ejecutiva, interpuesta por los ciudadanos LORENZO ALEXANDER FATO MORENO y MARCOS EMMANUEL MARTINS ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 16.773.832 y V-19.481.703 respectivamente, de este domicilio, contra la ciudadana KEYLA ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.606.021, y las sociedades mercantiles SERVICIOS MULTIPLES CADENAS & CORTES, C.A. y VICCYMATIC, C.A., de este domicilio.