Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244, 254 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: INADMISIBLE la solicitud de EXEQUATUR de pase en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de divorcio N° 0146-2021-SSEN-00033, dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Elías Piña, expediente N° 0146-2020-ECIV-00050 de fecha 20 de julio de 2021, que declaró disuelto el vinculo matrimonial existente entre los ciudadanos YENNYS FRANCISCA BARRIENTOS BELTRE y JEURY MANUEL GUERRERO VARGAS, presentada por la abogada MARISOL ROSALES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 170.291, por fal.....