En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE DETENCION DOMICILIARIA, impuesta al imputado JULIAN ALEXIS GIMENEZ, quien es venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 7.364.731, conforme lo establecido en el primer ordinal del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, y acuerda la CAPTURA del mismo a nivel nacional y en el lugar donde se le encuentre. En consecuencia, se acuerda oficiar a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. OFICIESE. Notifíquese al Defensor y al Fiscal Primero del Ministerio Público. REGISTRESE Y CUMPLASE.