Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD QUE POR RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, propusiera el ciudadano MODESTO ARQUIMEDES GARCÍA RODRIGUEZ, en lo que concierne al nombre del de cujus ciudadano ARQUIMEDES GARCÍA GARCÍA, es decir donde dice "ALQUIMEDES" deberá decir "ARQUIMEDES"; así mismo en cuanto a que el nombre y el apellido correcto del solicitante donde dice "ALQUIMEDES GARCÍA MARTINEZ" deberá decir " MODESTO ARQUIMEDES GARCIA RODRIGUEZ"; de igual manera en cuanto a que el apellido correcto del hermano del solicitante donde dice "CESAR AUGUSTO GARCÍA MARTINEZ" deberá decir "CESAR AUGUSTO GARCÍA RODRIGUEZ" .- En consecuencia se ordena LA RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCION Nº 1676, del ciudadano ARQUIMEDES GARCÍA GARCÍA, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia y en la Oficina de R.....