El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN por pérdida sobrevenida del interés procesal, del recurso contencioso tributario interpuesto por los ciudadanos CARLOS E. GARCÍA NÚÑEZ y GIUSEPPE ROSITO ARBIA, actuando en su carácter de apoderados judiciales de los únicos y universales herederos de la "SUCESIÓN DE ANTONIO ROPPOLO", en fecha 22 de marzo de 2002.-