Visto lo solicitado por la ciudadana Adda Almanzar, ya identificada y por cuanto no consta en autos que se haya agotado el cumplimiento voluntario de conformidad con lo previsto en el artículo 287 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario, este Tribunal niega lo requerido por la representación judicial de Fisco Nacional y ordena la ejecución voluntaria de la Sentencia Nº 1.278 dictada y publicada en fecha veinticuatro (24) de Septiembre de 2009, para lo cual se le concede un plazo de cinco (05) días continuos, a la contribuyente "DISTRIBUIDORA 53-K01, C.A.", siguientes a su notificación, a fin que cumpla o demuestre haber cumplido con lo dispuesto en la señalada decisión.-