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DECISIÓN
En mérito de lo antes expuesto, esta Sala Primera 1º de la Corte de Apelaciones y de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 98 del Decreto con rango, valor y fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA INADMISIBLE POR FALTA DE MEDIOS DE PRUEBA, planteada por la ciudadana ABOGADA NELLY SANCHEZ SUAREZ, en su condición de Querellada, contra el Abogado Luis Francisco Ovalles Landaeta, en su carácter de Juez Tercero (03) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en el asunto principal signado con la nomenclatura Nº DQ-2023-070689; con fundamento en lo establecido en el articulo 89 numerales 8º del Código Orgánico Procesal Penal vigente, que a tal efecto establecen 8º "Cualquier otra causa, fundada en motivos graves, que afecte su i.....