Este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación, y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, se declara incompetente para conocer la demanda por SALARIOS CAIDOS, interpuesta por el ciudadano MARCELINO VELAZCO titular de la cédula de identidad No.14.573.822, mediante su apoderado judicial Abogado PAOLO CONSONI, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.48.575, en contra de la empresa ORLY ZULIA DE VENEZUELA C.A. y en consecuencia declina la competencia para conocer del asunto, al Juzgado Superior Civil, y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, con sede en la Ciudad de Valencia del Estado Carabobo, donde se ordena remitir con oficio las actuaciones en el contenida.