IV
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad ejercido conjuntamente con Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, interpuesto por los Abogados Gustavo Grau F., Miguel Mónaco, José Ignacio Hernández G., Gigliana Rivero y Rodolfo Pinto, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 35.522, 58.461, 71.036, 81.692 y 117.204, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados de la sociedad TELCEL, C.A., constituida ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, cuya última modificación estatutaria se encuentra inscrita ante dicho registro el 7 de Mayo de 2001, bajo el Nº 16, Tomo 67-A, contra el Acto Administrativo S/N dictado por el Alcalde del Municipio El Hatillo el 18 de Octubre de 2007, notificado el 19 del m.....