PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadanos DANYELLO JOSË CALATAYUD Y JOSE RAMON PEÑALOZA; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada el 14 de mayo de 2010, por el Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: SIN LUGAR la cuestión previa por defecto de forma contenida en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada; CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano RAUL ERNESTO HANDES, en contra de los ciudadanos DANYELLO JOSË CALATAYUD Y JOSE RAMON PEÑALOZA por resarcimiento de daños materiales causados en accidente de tránsito y lucro cesante; QUINTO: SE CONDENA a los demandados DANYELLO JOSË CALATAYUD Y JOSE RAMON PEÑALOZA a pagar al ciudadano RAUL ERNESTO HANDES, la cantidad de SIETE MIL OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs, F 7.800,00) por resarcimiento de los .....