Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad Agrario, interpuesto por el abogado Luís Enrique Rojas Villegas, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 131.342, en su carácter de apoderado judicial de Reforestadora Dos Refordos, C.A., Sociedad Mercantil, contra el Acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras (I.N.Ti.), en fecha 28/04/2015, en Reunión ORD 617-15, que otorgó Titulo de Garantía de Permanencia Socialista Agraria y Carta de Registro Agrario N° 1316381915RAT004429, en aplicación del criterio vinculante establecido en la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia N° 1708, del 16/11/2011, Exp. 09-0695, caso: Instituto Nacional de Tierras, con pon.....