Vista la Audiencia Oral y Privada para oír al sancionado, celebrada en fecha 02-03-07, en donde se acordó declinar las presentes actuaciones a un Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Estado Miranda (extensión Los Teques), en relación al Joven IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 614 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, con relación al artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que este Tribunal Cuarto de Ejecución uso de sus atribuciones legales Acuerda: Remitir las presentes actuaciones signada bajo el N° 05-342, (nomenclatura de este Despacho) a la Unidad de Registro y Distribución de Documentos, con sede en el Estado Miranda (extensión Los Teques), a los fines de que sea distribuido a un Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente. Librese oficio.