IV
DISPOSITIVO DEL FALLO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido en fecha 07 de diciembre de 2006, por el abogado ANTONIO JOSÉ HERNÁNDEZ VILLAMIZAR, actuando en su condición de apoderado judicial del demandante, ciudadano JOSÉ APOLINAR MOLINA, contra el auto dictado el 05 de diciembre de 2006, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó las medidas cautelares peticionadas sobre bienes muebles e inmuebles propiedad de la accionada, el cual queda confirmado.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la incidencia, no hay especial condenatoria en costas.
Ex.....