Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado ÁLVARO PRADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.692, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ LUIS DE FREITAS, titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.499.563, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº J-DPUC- 034-03, de fecha 10 de marzo de 2003, emanado de la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda.-