PRIMERO: Se CONFIRMA, con base en una motivación distinta, la sentencia de fecha 06 de marzo de 2007 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se declaró CON LUGAR la demanda de tercería presentada por la ciudadana CARLINA TERESA LINARES en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES PALO Y MEDIO C.A., y el ciudadano BENNY BERLAGOSKY, en cuyo dispositivo se estableció:
“PRIMERO: CON LUGAR la demanda de TERCERÍA presentada por la ciudadana CARLINA TERESA LINARES, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES PALO Y MEDIO, C. A. y el ciudadano BENNY BERLAGOSKY TESTA;
SEGUNDO: como consecuencia del pronunciamiento que antecede, se declara a la ciudadana CARLINA LINARES legítima propietaria de la totalidad del inmueble ubicado en el edificio Colibrí, distinguido con el Nº 172, ubicado en la planta 17, Conjunto Residencial del Centro, Avenida Bermúd.....