Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 2 actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONDENA a los Ciudadanos: IBRAIN CASTILLO y LUIS ENRIQUE COLMENAREZ, plenamente identificados en esta decisión, a cumplir la pena de CUATRO (4) años de prisión, por haberlos encontrado culpables y penalmente responsables de la comisión del delito de Hurto Agravado de Vehículo Automotor previsto y sancionado en el artículo 1º en relación con el ordinal 5º del artículo 2º de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos automotores, concatenados con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, condenándoles igualmente a las penas accesorias de ley. Pena que habrán de cumplir tentativamente, hasta el día 11 de Marzo de 2014, sujeto a modificación que del computo pudiese hacer el tribunal de Ejecución responsable de asignar en forma definitiva el Centro de Reclusión y los té.....