Conforme a lo expuesto este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por la abogada DENISSE WADSKIER VISCONTI, cédula de identidad V-14.514.459, inscrita en el Inpreabogado Nro. 101.819, actuando con el carácter de apoderada judicial de DISTRIBUIDORA DE SILLAS LA CALIFORNIA, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 16 de mayo de 1984, Nro. 84, Tomo 26-A Pro.
2. En consecuencia, se ORDENA la suspensión de los efectos de la providencia administrativa Nro. 218 dictada el 01 de abril 2009 por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS AUTÓNOMOS SAN DIEGO, NAGUANAGUA, Y LAS PARROQUIAS SAN JOSÉ, SAN BLAS, CATEDRAL, RAFAEL URDANETA DEL MUNICIPIO VALENCI.....