Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Décimo Primera de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas declara: Primero: Negada la admisión del Merito Favorable de autos promovida en el "capítulo I", del escrito de pruebas de la parte demandada. Segundo: Admitidas las documentales promovidas en el "capítulo II", del escrito de pruebas de la parte demandada.