DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: DECLARA SIN LUGAR conocer los recursos de apelaciones, interpuestos por las abogadas EMYLCE RAMOS JULIO, KATHERINE HARINGHTON PADRON y LUCY ELIZABETH CORREA, actuando con el carácter de Fiscales 37° y 50° del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena del Ministerio Público, y Auxiliar de esta última, respetivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de las decisiones dictadas el 9, 15 y 21 de diciembre de 2011, por el Juzgado Vigésimo Octavo (28°) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante las cuales decretó Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad, a los acusados YANXENIA MARIE.....