´PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el demandante LUIS ANTONIO SOSA RIOS, contra la decisión interlocutoria de fecha 22 de enero de 2024, proferida por el TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en la cual declaró "UNICO: NEGAR LA MEDIDA INNOMINADA solicitada por el ciudadano LUIS ANTONIO SOSA RÍOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V.- 2.142.426, quien actúa en nombre propio y representación, y así se decide".
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada, con distinta motivación.
TERCERO: SE NIEGA EL DECRETO DE SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES INNOMINADAS, peticionadas por la parte demandante, en su escrito de reforma de la demanda.
CUARTO: no hay condenatoria en costas, por la naturaleza de la presente decisión.
PUBLIQUESE, REGISTRESE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil......