Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Declara CON LUGAR el recurso de revisión, interpuesto por el Juez Duodécimo (12°) de Primera Instancia en función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, abogado Álvaro David Lozada Manzo, en contra de la sentencia dictada el 6 de noviembre de 2000, por el Juzgado Trigésimo Primero (31°) de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano España Linero Gilberto Emilio, a cumplir la pena de doce (12) años un (1) mes y quince (15) días de prisión, por la comisión de los delitos de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefa.....