el  Tribunal, comoquiera que al folio 79 del expediente, consta el domicilio procesal de la parte demandada,  este juzgado niega la notificación solicitada por la representación judicial de la parte actora, mediante cartel.- En consecuencia, ordena la notificación mediante boleta, a la parte demandada, sociedad mercantil Inmobiliaria Efe C. A.,  en la persona de su presidente ciudadano Armando Fuentes,  o  uno cualquiera de  los apoderados judiciales, abogados Oswaldo Borrero, Juan Polanco ó Antonio Soto, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 51.227, 24.881 o 78.154 respectivamente, a fin de hacer de su conocimiento  de la sentencia dictada en  la fecha supra mencionada, todo de conformidad con  lo previsto en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, haciéndole  saber que una vez conste  en autos  su  notificación,  y la nota de la secretaria de este despacho de haberse cumplido con las formalidades establecidas por la ley