Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara ha lugar la solicitud Fiscal y en consecuencia, ACUERDA prorrogar por un lapso de quince (15) días continuos adicionales, el plazo que la ley establece al Ministerio Público, para que formule alguno de los actos conclusivos, previstos a partir del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa penal signada con el N° C02-3744-2008, instruida contra el ciudadano JORGE GREGORIO RINCON SUAREZ, por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, LESIONES INTENCIONALES GRAVES y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, cometidos en perjuicio de los ciudadanos JOSE ALBERTO MORA CARRASQUERO (hoy occiso), JOSE GREGORIO AROCHA y EL ESTADO VENEZOLANO, respectivamente. Todo de conformidad con el artículo 250 en sus apart.....