Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO DECIMO TERCERO DE  PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentada por la ciudadano REINA EMERYS CARABALLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 13.125.767.contra el  SERVICIO AUTÓNOMO DE SANIDAD AGROPECUARIA ENTE ADSCRITO AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA Y TIERRAS..  SEGUNDO: Se ordena a pagar al ente demandado la cantidad  de CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y TRES  00/100 CENTIMOS, por concepto de prestaciones sociales y salarios caídos   TERCERO: Se ordena la realización de una Experticia Complementaria del fallo, a los fines de determinar  los intereses sobre prestaciones s.....