Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA REVISIÓN Y SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA PRIVATIVA LIBERTAD del imputado OSCAR JOSÉ MARCANO MARTÍNEZ, Venezolano, natural de Porlamar, Nueva Esparta, de 34 años de edad, nacido en fecha: 03-12-1977, de profesión u oficio taxista, soltero, Titular de la Cédula de identidad Nº V-13.541.141, hijo de: José Ramón Marcano y Eusebia del Carmen Martínez, residenciado: al final de Calle Acosta, Casa S/N, cerca de la carabobeña, Sector el Cerro de la Gata, Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, a quien se le sigue el presente asunto por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales, 3, 5, 6, y 9 y ultimo aparte del Código Penal, en relación al artículo 16 ordinal 5 de la Ley Orgánica Cont.....