PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo del EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, suscrito y presentado por los ciudadanos NEOSMAR DANIEL ROMERO DÍAZ y ROMMY CARIBAY ALDANA RONDÓN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-15.174.050 y V-14.806.854, en su orden, y civilmente hábiles; a favor de la madre, ciudadana ROMMY CARIBAY ALDANA RONDÓN, garantizando así los derechos y garantías del niño (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), (F.N: 21/01/2016); pasándolo en autoridad de cosa juzgada. SEGUNDO: SE EXCLUYE DEL EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD al ciudadano NEOSMAR DANIEL ROMERO DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.174.050, como PADRE con relación a su hijo, el niño (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA); por encontrarse en una situación de hecho –no presente– que le impide hacerlo, sin que ello afecte su titulari.....