Por las razones antes expuestas, HOMOLOGADO EL ACUERDO REPARATORIO, efectuado entre las victimas NORYS KARINA BERMUDEZ GARCIA E IRMA CAROLINA BERMUDEZ GARCIA y la imputada EDYSABEL KRISTINA MUJICA QUEVEDO, de nacionalidad Venezolano, natural de Guigue, fecha de nacimiento 09-01-1993, de 31 años de edad titular de la Cedula de Identidad Nº V- 21.020.592, de profesión u oficio Trabajo Por Mi Cuenta, estado civil: Soltero, residenciado en los caobos sector bella florida torre 3 apartamento 1-C Estado Carabobo TLF: 0424-4304472, de conformidad con el Art. 40 del Código Orgánico Procesal Penal, Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 48 ordinal 6° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 318 numeral 3 Ejusdem, todos vigentes para la fecha de la ocurrencia de los hechos, decreta EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, y en consecuencia el SOBRESEIMIE.....