UNICO: LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento de la apelación formulado por la parte actora recurrente contra el auto de admisión de pruebas de fecha 25 de mayo de 2010, dictada por el Juzgado Décimo Quinto (15º) de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas a la parte apelante.