Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, Con Competencia en los Estados Cojedes y Yaracuy administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por haber operado la caducidad de la Querella Funcionarial conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, interpuesta ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, por la ciudadana YORLENY YESEIRA CARMONA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.050.753, asistida por el abogado HECTOR DARIO PACHECO PEÑA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 125.328, en contra de la Resolución Nro. 1152 dictado por la DIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS DEL MINISTERIO PÚBICO, notificada en fecha treinta y uno (31) de julio de 2024.