Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, las apelaciones interpuestas por el Abg. JORGE RODRIGUEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 90.085, actuando en nombre y representación de AGROCAUCHOS QUIBOR, FUENTE DE SODA RESTAURANT LA NUEVA CRUZ VERDE Y ESTACION DE SERVICIOS CRUZ VERDE y la abogada LILIANA ESCALONA inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 153.013, actuando en nombre del ciudadano ARGENIS MARIN, contra el auto dictado en fecha 11 de marzo de 2013, por el Juzgado Tercero Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto. En consecuencia, SE REVOCA el precitado auto. Y se ordena la tramitación de las impugnaciones conforme a lo .....